Es el nombre que ha adoptado nuestra empresa, el cual proviene del acrónimo: Infraestructura Oficial de Firma Electrónica.
Es un documento credencial de carácter electrónico que contiene la identidad de una persona y permite la firma de documentos en un entorno digital.
El certificado digital se almacena dentro de un chip con alto nivel de seguridad que puede estar contenido en una tarjeta inteligente o en un token criptográfico.
Para gozar de pleno respaldo legal es indispensable que el certificado digital haya sido emitido por Prestadores de certificación digital (Entidad de Certificación y Entidad de Registro) debidamente acreditados ante el INDECOPI. Asimismo, es indispensable el empleo de un software de firma digital también acreditado.
Esa información puede obtenerse a través de la página web del INDECOPI, disponible en el enlace siguiente: VER ENLACE
Una firma digitalizada es solamente la representación visual de una firma manuscrita en medios electrónicos y para efectos legales no la sustituye. La firma digital es una firma en medios electrónicos que emplea una técnica criptográfica que permite identificar al firmante, garantizar su vinculación con el documento, así como su integridad. La firma digital sustituye a la firma manuscrita para todo efecto legal.
Dicha función recae en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), quien ha delegado dichas labores en la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales no Arancelarias (CNB).
Es una especie de firma electrónica, que tiene la particularidad de ser la única que sustituye a la firma manuscrita con pleno valor legal. Se genera a partir de un certificado digital.
Es cualquier símbolo o signo usado en medios electrónicos utilizado para vincularse o autenticar un documento. Ejemplos de firmas electrónicas: el nombre de una persona al final de un correo, la clave de la tarjeta de débito, la firma realizada con lapiceros ópticos, etc.
Son las Entidades que participan en la emisión de un certificado digital y en la provisión de servicios de certificación digital adicionales. Las 3 modalidades de Prestadores son: Entidad de Certificación, Entidad de Registro o Verificación y Prestador de Servicio de Valor Añadido.
La Entidad de Certificación es la encargada de emitir el certificado digital o “el plástico”. Asimismo es la encargada de mantener de manera actualizada la lista de certificados revocados a efectos que sea consultada por los terceros que reciben documentos firmados digitalmente.
Es la Entidad encargada de validar la identidad de personas naturales y los datos de creación de personas jurídicas. Luego de la validación de la identidad por parte de esta Entidad, procederá la emisión del certificado digital por parte de la Entidad de Certificación
Este Prestador se encarga de proveer servicios adicionales relacionados con la certificación digital. Los dos servicios que pueden proveerse son: Sellado de Tiempo y Servicio de Intermediación Electrónico.
Es posible brindar servicios en más de una modalidad de Prestador de Servicios de Certificación Digital. Sin embargo, para poder gozar de pleno respaldo legal se deberá contar con una acreditación independiente por parte del INDECOPI para cada una de las modalidades bajo las cuales se decida operar.
Es el que permite saber con plena certeza la fecha, hora, segundo y fracción de segundo en que se ha realizado determinado acto. Principalmente este servicio es empleado para las notificaciones electrónicas.
Es el espacio virtual que remplaza para todos efectos legales al domicilio físico. En dicho domicilio electrónico se pueden recibir notificaciones tanto de empresas privadas como de instituciones públicas.
La principal diferencia es que un domicilio es un entorno seguro y confidencial para la recepción de notificación. Asimismo, es el único espacio virtual en donde no existe la posibilidad de repudio (desconocimiento) de una notificación.
s el resultado (cargo) de recepción de notificaciones. El único acuse de recibo válido legalmente es aquél emitido en virtud al ingreso de una notificación a un domicilio electrónico.
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